ARTÍCULO 9, PARRAFO 2, DE LA CONSTITUCION
“ Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos y ciudadanas en la vida política, económica, cultural y social “.
¿Que por qué citamos aquí este ? Por lo que hemos visto desde CHA en San Mateo de Gállego sobre la actuación de las administraciones para con los administrados/as. Por eso creemos conveniente efectuar una serie de RECOMENDACIONES a todas las instituciones de la localidad para mejorar esta relación.
01.- Establecimiento de Tasas progresivas donde se pueda, que pague más el que más gasta, y que el que ahorre Sigue leyendo y opina











